El arraigo familiar es una de las vías más utilizadas por los familiares de ciudadanos españoles para regularizar su situación en España. Este permiso, que se concede por circunstancias excepcionales, está dirigido a padres de menores españoles, hijos de españoles de origen y otros familiares que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento de desarrollo. Sin embargo, una vez obtenido el permiso, es fundamental conocer cómo renovarlo para mantener tu estatus legal en el país.
En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre la renovación del arraigo familiar, los requisitos y los pasos a seguir.

¿Qué es el Arraigo Familiar?
El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal que se concede a familiares de ciudadanos españoles en circunstancias excepcionales. A diferencia de otros tipos de arraigo (como el social o el laboral), no es necesario acreditar medios económicos o un contrato de trabajo para obtenerlo. Basta con demostrar el vínculo familiar con un ciudadano español.
Este permiso permite trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, no tiene restricciones geográficas y tiene una duración de 1 o 5 años, dependiendo del supuesto por el que se haya obtenido.
Duración del Arraigo Familiar:
La duración de la autorización varía según el caso:
Arraigo Familiar de 5 años:
Se otorga en los siguientes supuestos:
Padres o tutores de menores españoles: Siempre que tengan a cargo al menor y cumplan con sus obligaciones paternofiliales.
Personas que prestan apoyo a españoles con discapacidad: Siem que convivan con la persona discapacitada y presten apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.
Cónyuges, parejas de hecho, ascendientes o descendientes de españoles: Ascendientes mayores de 65 años o menores de esa edad si están a cargo, y descendientes menores de 21 años o mayores de esa edad si están a cargo.
En estos casos, la renovación suele ser sencilla, ya que al cumplir 5 años de residencia legal, puedes solicitar la Residencia de Larga Duración, que es de carácter permanente.
Arraigo Familiar de 1 año:
Se concede a los hijos de padres que fueron originariamente españoles. A diferencia del supuesto anterior, este permiso tiene una duración de solo 1 año y requiere cumplir requisitos más estrictos para su renovación.
¿Cómo renovar el Arraigo Familiar?
La renovación del arraigo familiar no es exactamente una "renovación", sino una modificación de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, por cuenta propia o con medios económicos propios.
Renovación por Cuenta Ajena:
Si durante la vigencia de tu arraigo familiar has trabajado por cuenta ajena, puedes modificar tu permiso a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en los siguientes casos:
Continuidad laboral: Si mantienes la relación laboral que dio origen a la autorización.
Nuevo contrato de trabajo: Si has firmado un nuevo contrato con otro empleador y estás en situación de alta en la Seguridad Social.
Búsqueda activa de empleo: Si la relación laboral se interrumpió por causas ajenas a tu voluntad y te has inscrito como demandante de empleo.
Prestaciones por desempleo: Si has recibido una prestación contributiva o asistencial.
Violencia de género: Si la relación laboral se suspendió o extinguió por ser víctima de violencia de género.

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Renovación por Cuenta Propia:
Si has trabajado por cuenta propia durante la vigencia de tu arraigo familiar, puedes renovar el arraigo familiar o modificar tu permiso a una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia si:
Continúas con la actividad: Debes acreditar que has cumplido con tus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Reagrupación familiar: Si tu cónyuge o pareja cumple con los requisitos económicos para reagruparte.
Renovación por Medios Económicos Propios:
Si no has trabajado durante la vigencia de tu arraigo familiar, puedes modificar tu permiso a una autorización de residencia no lucrativa si acreditas tener medios económicos suficientes para mantenerte sin necesidad de trabajar.
Documentación y Procedimiento:
Para renovar o modificar tu arraigo familiar, debes presentar la siguiente documentación:
Impreso EX-03 (para renovación por cuenta ajena) o EX-01 (para renovación por cuenta propia o no lucrativa).
Copia del pasaporte o título de viaje en vigor.
Documentación que acredite tu situación laboral: Contratos de trabajo, justificantes de alta en la Seguridad Social, prestaciones por desempleo, etc.
Tasas correspondientes: Modelo 790 (código 052 para residencia y código 062 para trabajo).
El trámite puede realizarse de forma presencial en la Oficina de Extranjería correspondiente o de forma telemática a través de la Plataforma Mercurio.
Concesión de la Renovación:
Una vez concedida la renovación, se te otorgará una tarjeta de residencia con una duración de 2 años (en caso de modificación a residencia y trabajo) o 1 año (en caso de prórroga del arraigo familiar). Para obtener la tarjeta física, debes acudir a la Comisaría de Policía correspondiente y presentar:
Impreso EX-17.
Justificante de pago de la tasa de la tarjeta.
Resolución de concesión.
Tres fotografías recientes.
Conclusión:
La renovación del arraigo familiar es un trámite esencial para mantener tu estatus legal en España. Dependiendo del supuesto por el que obtuviste tu permiso, podrás modificar tu autorización a una residencia y trabajo por cuenta ajena, por cuenta propia o con medios económicos propios.
Es fundamental actuar con anticipación y presentar la documentación necesaria dentro de los plazos establecidos (60 días antes o 90 días después de la expiración del permiso). Si tienes dudas o necesitas asesoramiento, te recomendamos consultar con un abogado especializado en derecho de extranjería para garantizar que tu solicitud cumple con todos los requisitos.
Recuerda que mantener tu residencia en regla no solo te permitirá continuar viviendo y trabajando en España, sino también acceder a otros beneficios, como la residencia de larga duración. ¡No dejes que tu permiso expire y actúa a tiempo!
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