Tanto en vía administrativa como ante los Tribunales de Justicia tramitamos de manera telemática sin cita previa ni necesidad de acudir a las oficinas de extranjería su solicitudes de RECIDENCIA Y TRABAJAR EN ESPAÑA / PRESTACIONES TRANSNACIONALES DE SERVICIOS
! NOSOTROS NOS ENCARGAMOS DE TODO !
CONDICIONES FINANCIERAS DE CONTRATACIÓN:
- Inicia tu tramite con 199€ mas I.V.A.
- PAGO FINAL de 300€ mas I.V.A. Cuando tengas el N.º de Expediente y/o cita en el CNP para huellar.
- El valor de las TASAS de extranjería y policía NO ESTAN INCLUIDOS.
- Puedes consultar el valor de las tasas de extranjera AQUI
- Puedes consultar el valor de las tasas de la Policía AQUI
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, la autorización de prestaciones transnacionales de servicios ha quedado derogada.
Actualmente, esta figura se regula a través de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, tramitándose como traslado interempresarial cuando se cumplan los requisitos que señala dicha ley.
Para ver lo requisitos y documentación requerida haz click en el código de la solicitud.
IMPORTANTE: Realiza este pago solamente si tienes la documentación completa.









