Tanto en vía administrativa como ante los Tribunales de Justicia tramitamos de manera telemática sin cita previa ni necesidad de acudir a las oficinas de extranjería su solicitudes de RECIDENCIA Y TRABAJAR EN ESPAÑA / PRESTACIONES TRANSNACIONALES DE SERVICIOS
! NOSOTROS NOS ENCARGAMOS DE TODO !
CONDICIONES FINANCIERAS DE CONTRATACIÓN:
Inicia tu tramite con 199€ mas I.V.A.
PAGO FINAL de 300€ mas I.V.A. Cuando tengas el N.º de Expediente y/o cita en el CNP para huellar.
El valor de las TASAS de extranjería y policía NO ESTAN INCLUIDOS.
Puedes consultar el valor de las tasas de extranjera AQUI
Puedes consultar el valor de las tasas de la Policía AQUI
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, la autorización de prestaciones transnacionales de servicios ha quedado derogada.
Actualmente, esta figura se regula a través de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, tramitándose como traslado interempresarial cuando se cumplan los requisitos que señala dicha ley.
Para ver lo requisitos y documentación requerida haz click en el código de la solicitud.
IMPORTANTE: Realiza este pago solamente si tienes la documentación completa.






