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Todo lo que necesitas saber para obtener el arraigo familiar para padres.

Actualizado: 17 abr

El arraigo familiar es una de las vías más utilizadas por extranjeros para regularizar su situación en España. Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, dirigida a familiares de ciudadanos españoles o comunitarios. Con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024, que desarrolla el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, se introducen cambios significativos en este procedimiento, especialmente en lo que respecta a la reagrupación de padres y otros familiares. En este artículo, te explicamos en detalle qué es el arraigo familiar, los requisitos para solicitarlo, los cambios introducidos por la nueva normativa y cómo llevar a cabo el trámite de manera efectiva.

Todo lo que necesitas saber para obtener el arraigo familiar para padres

¿Qué es el Arraigo Familiar?


El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal que permite a ciertos familiares de ciudadanos españoles o comunitarios residir y trabajar legalmente en España. Este permiso es especialmente útil para padres, hijos, cónyuges o parejas de hecho de españoles que desean regularizar su situación.


La duración de esta autorización varía según el caso:

  • 1 año: Para hijos de padres que fueron originariamente españoles.

  • 5 años: Para padres, cónyuges, parejas de hecho, ascendientes o descendientes de ciudadanos españoles.


Una vez finalizado este período, es posible renovar el permiso o solicitar la residencia de larga duración.


Cambios Introducidos por el Real Decreto 1155/2024:


El nuevo reglamento, que entrará en vigor el 20 de mayo de 2025, introduce cambios importantes en el ámbito del arraigo familiar. Uno de los más destacados es la creación de la Autorización Temporal para Familiares de Españoles, que sustituirá al actual arraigo familiar.


Reagrupación de Padres:


Uno de los cambios más significativos es el endurecimiento de los requisitos para la obtención del arraigo familiar para padres de ciudadanos españoles a partir del 20 de mayo de 2025, por que solo se podrá reagrupar a los padres en los siguientes casos:


  1. Cuando vivan a cargo del ciudadano español y carezcan de apoyo familiar en su país de origen.

  2. Cuando tengan una discapacidad que requiera apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica y convivan o pretendan convivir con el ciudadano español.

Además, se establecen nuevos criterios para determinar cuándo un familiar está "a cargo":

  • Dependencia física: Necesidad de apoyo por parte del ciudadano español.

  • Pertenencia al mismo hogar: Convivencia en el mismo domicilio.

  • Dependencia económica: Envío de remesas que representen al menos el 51% del PIB del país de origen.

  • Edad: Los padres deben tener 80 años o más, a menos que se cumplan los criterios de dependencia.


Estos cambios hacen que sea más complicado reagrupar a los padres, por lo que, si estás considerando esta opción, es recomendable iniciar el trámite antes de la entrada en vigor del nuevo reglamento.


Requisitos para Solicitar el Arraigo Familiar para padres:


Para solicitar el arraigo familiar, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. No ser ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza.

  2. Carecer de antecedentes penales en España y en países anteriores de residencia.

  3. No tener prohibida la entrada en España.

  4. No estar dentro de un plazo de compromiso de no retorno.

  5. Acreditar el vínculo familiar con el ciudadano español o comunitario.


Supuestos para Solicitar el Arraigo Familiar:


  1. Padres o tutores de menores españoles o comunitarios:

    • Deben tener a cargo al menor y convivir con él.

    • Si no conviven, deben estar al corriente de las obligaciones paternofiliales (pensión de alimentos, visitas, etc.).

    • En caso de menores comunitarios, también se aplica si no se dispone de medios económicos para tramitar la tarjeta comunitaria.

  2. Cónyuges, parejas de hecho, ascendientes o descendientes de españoles:

    • Ascendientes mayores de 65 años o menores de esa edad si están a cargo.

    • Descendientes menores de 21 años o mayores de esa edad si están a cargo.

  3. Hijos de padres que fueron originariamente españoles:

    • Deben acreditar el vínculo mediante certificados de nacimiento.

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Documentación Necesaria:


Para solicitar el arraigo familiar, es necesario presentar:


  1. Impreso EX-10 debidamente cumplimentado y firmado.

  2. Copia del pasaporte con vigencia mínima de 4 meses.

  3. Certificado de antecedentes penales de los últimos 5 años.

  4. Documentación que acredite el vínculo familiar:

    • Certificado de nacimiento del menor español o comunitario.

    • Certificado de matrimonio o pareja de hecho.

    • Documentación que acredite la dependencia económica o física, si aplica.

  5. Tasa 790 (código 052) abonada.


Procedimiento de Solicitud:


La solicitud del arraigo familiar puede presentarse de dos formas:


  1. Presencial: Acudiendo a la Oficina de Extranjería correspondiente con cita previa.

  2. Telemática: A través de la Plataforma Mercurio con certificado digital.

Una vez presentada la solicitud, la Administración dispone de 3 meses para resolver. Si no se recibe respuesta en ese plazo, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.


Concesión y Renovación


Si la solicitud es aprobada, se otorgará una autorización de residencia y trabajo por 1 o 5 años, según el caso. Para obtener la tarjeta física, es necesario presentar:


  • Impreso EX-17.

  • Justificante de pago de la tasa de la tarjeta.

  • Resolución favorable.

  • Tres fotografías recientes.


En caso de denegación, es posible interponer un recurso potestativo de reposición o un recurso contencioso-administrativo.


Conclusión


El arraigo familiar es una vía esencial para que los familiares de ciudadanos españoles puedan regularizar su situación en España. Sin embargo, con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024, los requisitos se han endurecido, especialmente en lo que respecta a la reagrupación de padres.


Si estás considerando solicitar el arraigo familiar, es fundamental actuar con anticipación y contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de extranjería. De esta manera, podrás garantizar que tu solicitud cumple con todos los requisitos y maximizar tus posibilidades de éxito.


En definitiva, el arraigo familiar no solo es una herramienta legal, sino también una oportunidad para fortalecer los lazos familiares y construir un futuro estable en España. ¡No dudes en preparar tu solicitud con tiempo y cuidado!


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