La autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es uno de los permisos más solicitados por los ciudadanos extranjeros no comunitarios que desean trabajar y residir legalmente en España. Este permiso, que tiene una duración inicial de un año, puede renovarse siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento de desarrollo.
En este artículo, te explicamos de manera clara y detallada los requisitos, la documentación necesaria y el procedimiento para renovar tu autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, teniendo en cuenta las últimas actualizaciones normativas, como el Real Decreto 1155/2024.

Requisitos para Renovar la Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena:
Para renovar este permiso, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
No ser ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza: Este permiso está dirigido exclusivamente a ciudadanos extracomunitarios.
Carecer de antecedentes penales en España: No debes tener condenas por delitos graves en el territorio español.
No tener prohibida la entrada en España: No debes figurar en listas de rechazo en países con los que España tenga convenios de readmisión.
Acreditar la escolarización de los menores a cargo: Si tienes menores en edad de escolarización obligatoria, debes presentar un informe que acredite su matriculación.
Abonar las tasas correspondientes: Debes pagar las tasas administrativas asociadas a la renovación de la autorización de residencia y trabajo.
Acreditar uno de los siguientes supuestos:
Continuidad en la relación laboral: Si continúas trabajando para el mismo empleador que dio origen a la autorización, no es necesario presentar documentación adicional.
Haber trabajado al menos 3 meses por año: Si has trabajado durante este tiempo, debes acreditar alguna de las siguientes situaciones:
Tener un nuevo contrato de trabajo con un empleador y estar en situación de alta en la Seguridad Social.
Disponer de un nuevo contrato condicionado a la renovación del permiso.
Haber buscado activamente empleo tras la interrupción de la relación laboral por causas ajenas a tu voluntad, mediante la inscripción en el Servicio Público de Empleo.
Haber trabajado y estado en alta en la Seguridad Social durante 9 meses en 12 o 18 meses en 24: Debes acreditar que la relación laboral se interrumpió por causas ajenas a tu voluntad y que has buscado empleo activamente.
Ser víctima de violencia de género: Si la relación laboral se suspendió o extinguió por este motivo, debes presentar documentación que lo acredite, como una orden de protección o un informe del Ministerio Fiscal.
Reagrupación por cónyuge o pareja de hecho: Si tu cónyuge o pareja cumple con los requisitos económicos para reagruparte, puedes renovar tu permiso en base a esta circunstancia.

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Documentación Necesaria:
La documentación requerida para renovar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena incluye:
Impreso EX-03: Debidamente cumplimentado y firmado por el trabajador.
Copia del pasaporte o título de viaje: Debe estar en vigor y tener una vigencia mínima de 4 meses.
Informe de escolarización: Si tienes menores a cargo en edad de escolarización obligatoria, debes presentar un informe emitido por las autoridades competentes o el centro educativo.
Documentación específica según el supuesto:
Continuidad laboral: No se requiere documentación adicional.
Nuevo contrato de trabajo: Copia del contrato y justificante de alta en la Seguridad Social.
Búsqueda activa de empleo: Inscripción como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo.
Prestaciones contributivas o asistenciales: Documentación que acredite la concesión de la prestación.
Violencia de género: Orden de protección o informe del Ministerio Fiscal.
Reagrupación por cónyuge o pareja: Acreditación de la relación y de los medios económicos.
Procedimiento de Renovación:
El procedimiento para renovar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es el siguiente:
Presentación de la solicitud:
Plazo: Puedes presentar la solicitud durante los 60 días previos a la expiración del permiso o dentro de los 90 días posteriores.
Lugar: En cualquier registro público o telemáticamente a través de la Plataforma Mercurio.
Tasas: Debes abonar las tasas correspondientes (Modelo 790, códigos 052 y 062).
Resolución:
Plazo: La Administración tiene 3 meses para resolver. Si no hay respuesta en este plazo, se entiende concedida por silencio administrativo.
Vigencia: La renovación tiene una duración de 4 años.
Obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE):
Una vez concedida la renovación, es necesario solicitar la TIE en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía correspondiente.
Documentación requerida:
Impreso EX-17.
Justificante de pago de la tasa de la tarjeta.
Tres fotografías recientes.
Conclusión:
La renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es un trámite esencial para los ciudadanos extranjeros no comunitarios que desean continuar trabajando y residiendo legalmente en España. Con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024, se han reforzado las garantías y se han simplificado algunos procedimientos, pero es fundamental cumplir con todos los requisitos y presentar la documentación necesaria para evitar demoras o denegaciones.
Si estás próximo a renovar tu permiso, te recomendamos actuar con anticipación y, en caso de dudas, consultar con un abogado especializado en derecho de extranjería. De esta manera, podrás asegurar que tu solicitud cumple con todos los requisitos y maximizar tus posibilidades de éxito.
En definitiva, la renovación de tu autorización de residencia y trabajo no solo te permitirá continuar desarrollando tu actividad laboral en España, sino también consolidar tu proyecto de vida en este país. ¡No dejes para mañana lo que puedes hacer hoy!
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