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Todo lo que necesitas saber sobre las nuevas instrucciones SEM 1 2025 sobre las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones de arraigo

Introducción:


Con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, se ha producido una reforma relevante del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Esta modificación legislativa busca consolidar un enfoque garantista, coherente y uniforme sobre la figura del arraigo como vía para la regularización administrativa de personas extranjeras en situación irregular.


Las Instrucciones SEM 1/2025 emitidas por la Secretaría de Estado de Migraciones desarrollan los criterios interpretativos y de aplicación del nuevo marco normativo en materia de arraigo. Estas instrucciones se centran en los siguientes tipos de autorizaciones por arraigo:


  1. Arraigo Social

  2. Arraigo Sociolaboral

  3. Arraigo Socioformativo

  4. Arraigo Familiar

  5. Arraigo por Segunda Oportunidad


A continuación, se presentan los aspectos fundamentales de cada uno de estos tipos de arraigo, según las Instrucciones SEM 1/2025, con sus respectivos requisitos y documentación exigible.

Todo lo que necesitas saber sobre las nuevas instrucciones SEM 1/2025 sobre las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones de arraigo

1. Arraigo Social


Definición: 

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales dirigida a personas extranjeras que acrediten una permanencia continuada en España durante al menos tres años y cuenten con vínculos familiares o un informe de inserción social.


Requisitos:

  • Acreditar permanencia continuada en España durante al menos tres años.

  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países anteriores de residencia.

  • Contar con un contrato de trabajo firmado con una duración mínima de un año, o bien demostrar vínculos familiares con residentes legales en España.

  • Informe de arraigo emitido por la comunidad autónoma o ayuntamiento, en caso de no contar con vínculos familiares.


Documentación:

  • Pasaporte completo.

  • Empadronamiento histórico.

  • Certificados penales.

  • Contrato de trabajo firmado o documentación acreditativa del vínculo familiar.

  • Informe de inserción social, si procede.


2. Arraigo Sociolaboral


Definición: 

Permite a las personas extranjeras regularizar su situación cuando han estado trabajando en España y pueden acreditarlo, combinando elementos de integración laboral y permanencia en el país.


Requisitos:

  • Permanencia continuada en España durante al menos dos años.

  • Acreditación de haber trabajado de forma legal en el último año durante al menos seis meses.

  • Informe favorable que acredite su integración social y laboral.

  • No tener antecedentes penales.


Documentación:

  • Pasaporte completo.

  • Empadronamiento histórico.

  • Contrato laboral y certificado de vida laboral.

  • Informe de integración socio-laboral emitido por entidad competente.

  • Certificados penales.


3. Arraigo Socioformativo


Definición: 

Es una autorización de residencia temporal dirigida a personas extranjeras que deseen formarse en áreas profesionales como medio de integración social y acceso al mercado laboral.


Requisitos:

  • Permanencia continuada en España durante al menos dos años.

  • No contar con antecedentes penales.

  • Compromiso de realizar una formación vinculada al empleo del catálogo del SEPE o certificaciones oficiales.

  • Informe favorable sobre la adecuación del plan formativo.


Documentación:

  • Pasaporte vigente.

  • Empadronamiento que acredite al menos dos años de residencia.

  • Certificados penales.

  • Carta de admisión o preinscripción en curso acreditado.

  • Informe favorable de adecuación socioformativa emitido por la comunidad autónoma.


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4. Arraigo Familiar


Definición: 

Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se concede a determinados familiares de ciudadanos españoles o extranjeros residentes legales.


Supuestos incluidos:

  • Padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad española.

  • Persona que presta apoyo a una persona española con discapacidad.

  • Cónyuge o pareja registrada de ciudadano español.

  • Ascendiente mayor de 65 años o menor a cargo de ciudadano español.

  • Descendientes menores de 21 años o mayores a cargo.

  • Hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.


Requisitos:

  • Documentación que acredite el vínculo familiar.

  • Acreditar la convivencia o la dependencia económica según el caso.

  • Carecer de antecedentes penales.


Documentación:

  • Pasaporte vigente.

  • Certificados de nacimiento o matrimonio, según el vínculo.

  • DNI o tarjeta del familiar español o residente.

  • Certificados de empadronamiento o convivencia.

  • Certificados penales.


5. Arraigo por Segunda Oportunidad


Definición: 

Nueva figura destinada a personas que han desarrollado parte de su vida en España, especialmente antiguos menores tutelados o jóvenes que hayan crecido en el sistema de protección, facilitando su integración socio-laboral.


Requisitos:

  • Haber estado tutelado por entidad pública o bajo guarda administrativa.

  • Acreditar integración social, formativa o laboral.

  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad acreditada.

  • Permanencia continuada en España.


Documentación:

  • Resolución de tutela, guarda o acogida por entidad pública.

  • Empadronamiento histórico.

  • Informe de integración.

  • Certificados penales.

  • Documentación adicional que acredite trayectoria de vida en España.


Conclusiones sobre las nuevas instrucciones SEM 1/2025


Las Instrucciones SEM 1/2025 establecen un marco claro, coherente y homogéneo para el análisis y tramitación de las solicitudes de residencia por arraigo. Estas medidas pretenden dar respuesta a la realidad social de miles de personas que residen en España sin autorización y que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

El nuevo enfoque, más humano y adaptado a las condiciones reales del mercado laboral y de la integración social, demuestra el compromiso del Estado con una política migratoria respetuosa con los derechos fundamentales y alineada con los principios de inclusión y cohesión social.


Estas vías de regularización, correctamente aplicadas y respaldadas por la documentación adecuada, constituyen un instrumento eficaz para garantizar la estabilidad legal, laboral y familiar de la población extranjera residente en España


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