top of page
Foto del escritorASESORES JURÍDICOS BCN

Todo lo que necesitas saber si eres extranjero y tus hijos nacen es España

Actualizado: 3 nov

La nueva figura de arraigo familiar establece que los padres de un menor de nacionalidad española podrán solicitar la residencia por circunstancias excepcionales siempre que el menor esté a su cargo y conviva con el progenitor que solicite la autorización.


En esta publicación encontraras Todo lo que necesitas saber si eres extranjero y tus hijos nacen es España

todo lo que debes saber si eres extranjero y tus hijos nacen en España

Es importante entender que no por el simple hecho de nacer en España el hijo adquiere directamente la nacionalidad española. Es decir, se trata de algo que en ciertos podrá suceder, pero por motivos diferentes a simplemente haber nacido en el país.


Hay una serie de factores extra que deben suceder para que así sea, y la regla general concede al recién nacido la nacionalidad de sus padres. No obstante, sí es totalmente cierto que los hijos de un extranjero que hayan nacido en España van a tener mayores ventajas en el momento de solicitar y conseguir la nacionalidad española. El camino es mucho más rápido para ellos, y en muchos casos totalmente directo.


Para entender cómo funciona exactamente la situación, analicemos lo siguiente.

El hecho de que estos niños puedan conseguir la nacionalidad española de manera directa al nacer en España depende de si se encuentran en uno de los siguientes dos supuestos:

  • En primer lugar encontramos el caso de los niños que nacen en España y pueden ser directamente españoles, gracias a la nacionalidad por simple presunción

  • Por otro lado encontramos los niños hijos de extranjeros nacidos en España que deben esperar un año para solicitar el pasaporte español

Veamos las diferencias de ambos casos.


Nacionalidad por presunción: Ser español directamente como hijo de extranjero


Este primer caso hace referencia a esos niños que se convertirán de manera casi automática en españoles por haber nacido en España. Es lo que se conoce nacionalidad por valor de simple presunción.


El requisito principal para conseguir este tipo de nacionalidad es que los padres pertenezcan a un país cuya legislación y normativa no atribuye de manera directa la nacionalidad a un hijo nacido en el extranjero. Son pocos los países en los que esto sucede, de manera más concreta:


Argentina, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador (si los hijos nacieron antes de 2008), Guinea-Bissau, Perú, Sáhara, Suiza, Santo Tomé y Príncipe y Venezuela.


Si tu como extranjero/a eres de uno de estos países y ambos padres deben serlo y tu hijo nace en España, entonces como tu país de origen no le asigna tu nacionalidad al haber nacido fuera del territorio nacional, se convertiría en español por valor de simple presunción pues España evita que el niño se quede sin nacionalidad.


Pero, además, existen dos otros casos en los que el niño o niña también adoptaría la nacionalidad de manera directa, por más que los padres no sean de ninguno de estos países:

  • Si la madre es de Marruecos y está soltera, y el padre (con el que no está casada en el momento) es de alguno de los países mencionados anteriormente

  • Si los padres son de ciertas regiones de Palestina, aunque aquí también encontramos una serie de requisitos extra

¿Cómo funcionaría el proceso?


Es muy importante que tengas en cuenta que para que el hijo adopte la nacionalidad de manera directa no puedes haberle inscrito al nacer a través del consulado en tu país de origen. Eso le otorgaría tu misma nacionalidad, por lo que ya no podría conseguir la española de manera directa.


Así, lo primero que debes hacer es acudir al Registro Civil y solicitar allí la nacionalidad española para el bebé siempre y cuando aportes:

  • Empadronamiento, demostrando que el recién nacido convive con los padres en el mismo domicilio

  • Literal de nacimiento del bebé

  • Literal de nacimiento de padre y madre, traducido y legalizado (este documento procede del Registro Civil del país de origen)

  • Pasaporte completo de los padres, tanto el original como una copia

  • Libro de familia y copia

  • Certificado por parte del consulado en el que se establezca que el país de origen no reconoce la nacionalidad del menor

Asesores Jurídicos Barcelona

¿necesitas o quieres obtener Conseguir la residencia gracias a la nacionalidad española de tu hijo? Visita nuestra pagina:


Para otros trámites de Extranjería visita:


contacta con nosotros:

https://www.asesoresjuridicosbarcelona.com/formulario-de-consultas Llámanos gratis al: + 34 931482553 - correo: info@asesoresjuridicosbarcelona.com whatsapp Empresa: http://wa.me/34631424610


Conseguir la residencia gracias a la nacionalidad española del bebé


Es muy habitual que muchos padres que se encuentran en el caso anterior logren la residencia en España gracias a la nacionalidad de su hijo. Pues el procedimiento de arraigo familiar permite solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstanciase excepcionales al ser padres de un menor de edad español.


El único requisito es que el menor esté a cargo y viva de manera habitual con los padres solicitantes de la residencia.


Nacionalidad tras un año en España


Por otro lado encontramos el caso opuesto: los padres no son de ninguno de los países del listado anterior, por lo cuál la normativa de su país de origen hace que el hijo adopte automáticamente la nacionalidad de los padres al nacer, sea en el país que sea. En estos casos el proceso para solicitar la nacionalidad para el bebé es un poco más largo, pero sin duda más fácil que en el caso general.


Pues en estos casos el camino a seguir es solicitar la nacionalidad por residencia tras un año viviendo en España de manera legal. Funcionaría de la siguiente manera:

  1. En primer lugar, es importante que los padres sean residentes legales en España, pues eso es lo que permitirá a su hijo solicitar la residencia

  2. Una vez nazca el bebé, los padres deben inscribirle en el Registro Civil para que consiga su pasaporte (con la nacionalidad de los padres)

  3. Una vez finalizado este trámite, deberán solicitarle la residencia (residencia por ser hijo menor de edad de residentes legales)

  4. Tras un año después de haber conseguido la residencia, el hijo podrá ya solicitar la nacionalidad española, con la ventaja de no tener que realizar ningún examen por ser menor de edad

Como ves, el proceso es mucho más fácil que en el caso general, reduciendo el tiempo necesario de residencia continuada en España de 10 años a únicamente 1.


Pero eso no es todo. Pues este hijo podrá realizar el proceso con cualquier edad.

Supongamos que nace en España, y después vuelve a su país de origen. Por el mero hecho de haber nacido en España podrá volver siempre que quiera, conseguir su residencia legal en el país, y tras un año de residencia solicitar la nacionalidad.


Tarjeta de Familiar de Comunitario para los padres de menores


Como ya vimos el Arraigo Familiar es una autorización con una validez de un año, la cual, es necesario renovar una vez llegado su vencimiento. A partir de la nueva normativa ahora también es posible tramitar y obtener una Nueva Tarjeta de Familiar de Comunitario para los padres de menores comunitarios por de 5 años que habilita a trabajar a los padres de menores españoles si se cumplen una serie de requisitos.


Esto supondrá, que todos estos padres que ahora mismo tienen un Arraigo Familiar o incluso, aquellos que no tienen documentación, podrán solicitar una tarjeta de residencia de cinco años, como familiar de ciudadano español o comunitario. Además aquellos extranjeros que disponen de un Arraigo Familiar y no han trabajado durante este año de vigencia, podrán prorrogar su permiso aunque no dispongan de medios económicos.


Aquellos extranjeros que en la actualidad disponen de una autorización de residencia por Arraigo Familiar por ser padres de un ciudadano comunitario y están trabajando o disponen de medios económicos y seguro médico también podrán acceder a una tarjeta comunitaria.


En caso de padres de menor español, no sería necesario acreditar la disponibilidad de medios económicos ni tener la asistencia sanitaria cubierta. En principio, bastaría con acreditar la relación familiar con el menor español, convivir con él en España y carecer de antecedentes penales. En este último punto, y en relación a tener antecedentes penales, si el solicitante los tuviera, se hará una valoración de cada supuesto, de forma totalmente individualizada.


¿Eres extranjero y tus hijos nacen es España y necesitas o quieres obtener la residencia? Visita nuestra pagina:



o visita:


Para otros trámites de Extranjería visita:


contacta con nosotros:

https://www.asesoresjuridicosbarcelona.com/formulario-de-consultas Llámanos gratis al: + 34 931482553 - correo: info@asesoresjuridicosbarcelona.com whatsapp Empresa: http://wa.me/34631424610


Tenemos mucha experiencia en la gestión de cualquier tipo de tramites de extranjería y podemos resolver tu problema.



コメント


CONTACTA

CON

NOSOTROS

  • LinkedIn Social Icon
  • Twitter Social Icon

+34 931482553

info@asesoresjuridicosbarcelona.com

BUSCANOS EN REDES SOCIALES

SOLO ATENDEMOS

CITAS  

CONCERTADAS

RESERVAR UNA CITA

¿Quieres agendar una visita personal con uno de nuestros asesores en nuestras oficinas?

FORMA PARTE

DE NUESTRO  

EQUIPO

MÁS INFORMACIÓN

TRABAJA CON NOSOTROS

 

COMPLETA NUESTRO FORMULARIO

O ENVIANOS UN MAIL CON TU CV A:

 

asesoresjuridicosbarcelona@outlook.es

bottom of page