La reciente publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la resolución de la Secretaría de Estado de Migraciones ha establecido el procedimiento para la regularización de extranjeros afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA). Esta normativa ofrece una vía específica para renovar autorizaciones y obtener permisos de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales. A partir del 14 de febrero de 2025, este procedimiento estará disponible para quienes cumplan con los requisitos. En este artículo, detallamos quiénes pueden acogerse, los plazos, condiciones y particularidades del proceso.

¿Quién puede acogerse a este procedimiento de regularización de extranjeros afectados por la DANA?
Extranjeros con Domicilio o Lugar de Trabajo Afectado:
Que residían o trabajaban en los municipios afectados entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Tendrán acceso a una renovación simplificada o a un permiso de residencia por circunstancias excepcionales.
Familiares Directos:
Cónyuges, parejas registradas o estables.
Hijos menores de edad o mayores con discapacidad que limite su autonomía.
Familiares de Víctimas Mortales:
Dado el trágico saldo de más de 200 fallecidos, los familiares directos de las víctimas podrán obtener una autorización de residencia de 5 años.
Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales Sobrevenidas:
Esta autorización está destinada a quienes:
Estaban empadronados o solicitaron cita para empadronamiento antes del 4 de noviembre de 2024.
Residen en alguno de los municipios afectados.
No poseen documentación.
Familiares elegibles:
Parejas, cónyuges y parejas estables.
Hijos menores de edad.
Hijos mayores con discapacidad o incapacidad para satisfacer sus propias necesidades.
Requisitos Generales:
Carecer de antecedentes penales en España y otros países donde hayan residido.
No representar una amenaza para el orden, seguridad o salud pública.
No tener prohibida la entrada a España.
No encontrarse bajo el compromiso de no retorno.
Características del Permiso:
Validez: 1 año.
Derechos: Trabajar por cuenta ajena y propia.

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Autorización para Familiares de Víctimas Mortales:
Este permiso está dirigido a los familiares de extranjeros fallecidos a causa de la DANA:
Cónyuges, parejas registradas o estables.
Hijos menores de edad.
Hijos mayores con discapacidad.
Características del Permiso:
Duración: 5 años.
Derechos: Plena autorización para trabajar por cuenta ajena y propia.
Prórroga y Renovación de Autorizaciones:
¿Quiénes están cubiertos?
Personas cuyas autorizaciones de estancia, residencia o trabajo expiren entre el 30 de julio de 2024 y el 1 de abril de 2025.
Condiciones:
Las solicitudes solo podrán ser denegadas por motivos de orden público, seguridad o salud pública.
Las renovaciones denegadas antes de la entrada en vigor de esta instrucción serán revisadas de oficio.
Autorizaciones en Tramitación:
Las solicitudes presentadas antes del 4 de noviembre de 2024 que no cumplan los requisitos debido a la DANA serán resueltas de manera favorable, salvo que el solicitante suponga un riesgo para el orden, seguridad o salud pública.
Plazos Importantes:
Inicio de solicitudes: 14 de febrero de 2025.
Cierre del proceso: 14 de mayo de 2025.
Duración mínima en situación irregular: 6 meses antes de la solicitud.
Lista de Municipios Afectados:
Alaquàs.
Albal.
Albalat de la Ribera.
Alborache.
Alcàsser.
Alcúdia, l’.
Aldaia.
Alfafar.
Alfarb.
Algemesí.
Alginet.
Alhaurín de la Torre.
Almussafes.
Alzira.
Benetússer.
Benifaió.
Beniparrell.
Bétera.
Bugarra.
Buñol.
Calles.
Camporrobles.
Carlet.
Catadau.
Catarroja.
Caudete de las Fuentes.
Corbera.
Quart de Poblet.
Cullera.
Chera.
Cheste.
Xirivella.
Chiva.
Dos Aguas.
Favara.
Fortaleny.
Fuenterrobles.
Gestalgar.
Godelleta.
Guadassuar.
Letur.
Llíria.
Loriguilla – sólo núcleo urbano junto A3.
Llocnou de la Corona.
Llaurí.
Llombai.
Macastre.
Manises.
Massanassa.
Mira.
Mislata.
Montserrat.
Montroi/Montroy.
Paiporta.
Paterna.
Pedralba.
Picanya.
Picassent.
Polinyà de Xúquer.
Real.
Requena.
Riba-roja de Túria.
Riola.
Sedaví.
Siete Aguas.
Silla.
Sinarcas.
Sollana.
Sot de Chera.
Sueca.
Tavernes de la Valldigna.
Torrent.
Turís.
Utiel.
València – PEDANÍAS SUR: Faitanar, La Torre, Forn d’Alcedo, Castellar-Oliveral, Pinedo, El Saler, El Perellonet y El Palmar.
Vilamarxant.
Yátova.
Benicull de Xúquer.
Conclusión
La resolución de la Secretaría de Estado de Migraciones supone un avance crucial para la protección y regularización de extranjeros afectados por la DANA. Este proceso no solo facilita la obtención de permisos de residencia y trabajo, sino que también garantiza el acceso a ayudas estatales y autonómicas. Con plazos claros y requisitos bien definidos, se presenta una oportunidad única para regularizar la situación administrativa de muchos extranjeros en España. Es fundamental que los interesados presenten sus solicitudes antes del 14 de mayo de 2025 y cumplan con los requisitos estipulados para beneficiarse de este procedimiento extraordinario.
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