top of page

Todo lo que necesitas saber para obtener la autorización de residencia para investigadores en el 2025

Introducción:


España se ha convertido en un destino de referencia para investigadores y profesionales altamente cualificados del ámbito científico, tecnológico y académico. Con una normativa favorable a la atracción de talento internacional, nuestro país facilita el establecimiento legal de profesionales extranjeros que deseen desarrollar actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).


Uno de los permisos más relevantes para este colectivo es la autorización de residencia para investigadores, regulada por la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, y vinculada a la estrategia de internacionalización del sistema científico español.


A continuación, explicamos de forma clara en qué consiste esta autorización, a quién va dirigida, qué requisitos exige, cómo se tramita y qué ventajas ofrece en 2025.

Todo lo que necesitas saber para obtener la autorización de residencia para investigadores en el 2025

¿Qué es la residencia para investigadores en España?


Se trata de una autorización de residencia dirigida a ciudadanos extranjeros que cuenten con una oferta formal para desarrollar actividades de investigación en entidades públicas o privadas establecidas en España. Permite residir y trabajar legalmente en el país durante el desarrollo de estas actividades.


Este permiso está específicamente diseñado para atraer talento cualificado vinculado al conocimiento, ya sea en universidades, centros públicos de investigación o empresas privadas del ámbito tecnológico y de la innovación.


Su regulación se encuentra en la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores, y forma parte del marco legal que impulsa la entrada y permanencia de profesionales extranjeros que contribuyan al progreso científico del país.


Ventajas clave del permiso en 2025:


El permiso de residencia para investigadores destaca por ser uno de los más ágiles y flexibles del ordenamiento jurídico español. Sus principales ventajas son:


  • Rapidez en la tramitación: El visado se resuelve en un máximo de 10 días hábiles, y la autorización de residencia en 20 días.

  • Exención de la situación nacional de empleo: No es necesario justificar que no existen candidatos nacionales disponibles, lo que agiliza la contratación.

  • Duración prolongada: Se concede inicialmente por hasta 3 años, prorrogables por otros 2 años.

  • Reagrupación familiar simultánea: El investigador puede incluir a su cónyuge, pareja e hijos menores desde la solicitud inicial.

  • Movilidad dentro de la Unión Europea: Se permite cierta movilidad intraeuropea en el marco de proyectos internacionales de investigación.


Estas condiciones convierten este permiso en una herramienta clave para impulsar la carrera de investigadores internacionales en territorio español y europeo.


¿Quién puede beneficiarse de este permiso?


La residencia para investigadores está destinada a un perfil profesional altamente cualificado. Pueden beneficiarse:

  • Profesores contratados por universidades o centros de educación superior.

  • Investigadores que desarrollen su labor en empresas tecnológicas o centros de I+D+i reconocidos.

  • Doctorandos y técnicos que participen en proyectos de investigación mediante convenios con entidades acreditadas.

  • Personal científico vinculado a actividades académicas o de innovación.


Un aspecto especialmente útil es que la solicitud puede presentarse tanto por la entidad de acogida como por el propio investigador, lo que flexibiliza el procedimiento administrativo.


Modalidades del permiso:


Existen dos modalidades principales para este tipo de autorización:


  1. Autorización de residencia para investigación UE: Requiere contar con un doctorado o una cualificación superior, y que el investigador haya sido seleccionado por una entidad reconocida.

  2. Autorización de residencia para investigación nacional: Más flexible, no exige un nivel de cualificación determinado, lo que la hace accesible a perfiles más amplios.


La elección de una u otra dependerá del nivel académico del solicitante y del tipo de entidad que le acoja.


Requisitos para obtener la autorización de residencia para investigadores en el 2025:


para obtener la autorización de residencia para investigadores en el 2025, es necesario cumplir los siguientes requisitos:


Para el investigador:

  • Pasaporte en vigor.

  • Certificado de antecedentes penales de los países en los que haya residido en los últimos cinco años.

  • Seguro médico público o privado con cobertura completa en España.

  • Medios económicos suficientes para costear su estancia.

  • Convenio de acogida firmado con una institución reconocida como entidad de investigación.


Para la entidad de acogida:

  • Debe estar reconocida oficialmente como organismo de investigación o centro acreditado.

  • Debe existir un contrato o acuerdo de colaboración que especifique las condiciones laborales o académicas del investigador.

  • El proyecto debe cumplir con los fines científicos, académicos o tecnológicos establecidos en la Ley 14/2013.

Asesores Jurídicos Barcelona

Para cualquier trámite de Extranjería visita:


contacta con nosotros:

https://www.asesoresjuridicosbarcelona.com/formulario-de-consultas Llámanos gratis al: + 34 931482553 - correo: info@asesoresjuridicosbarcelona.com whatsapp Empresa: http://wa.me/34631424610


Procedimiento:


La solicitud se tramita por vía telemática y consta de los siguientes pasos:


  1. Firma del convenio de acogida: Es el documento que justifica el vínculo entre la entidad y el investigador, detallando el proyecto, duración y condiciones.

  2. Presentación electrónica de la solicitud: La solicitud debe dirigirse a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE) del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

  3. Solicitud del visado: Si el investigador se encuentra fuera de España, deberá solicitar un visado específico en el consulado español correspondiente.

  4. Tramitación de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE): Una vez en España y si la estancia supera los seis meses, debe solicitarse la TIE en la comisaría competente.


Preguntas frecuentes:


¿Puedo venir con mi familia? Sí. Es posible tramitar la residencia de cónyuge, pareja registrada e hijos menores de edad de forma conjunta.


¿Puedo cambiar de entidad durante el permiso? Sí. Se permite el cambio de institución, siempre que se firme un nuevo convenio de acogida con la nueva entidad receptora.


¿Puedo realizar otras actividades además de investigar? Sí. El permiso permite impartir docencia relacionada con el proyecto o la actividad investigadora.


¿Puedo recibir becas o ayudas externas? Sí. Es compatible con otras fuentes de financiación siempre que se mantenga la actividad investigadora principal.


¿Se puede renovar este permiso? Sí. Puede renovarse por hasta 2 años adicionales, si se mantiene el proyecto o se inicia uno nuevo con los mismos requisitos.


¿Cuenta este tiempo para solicitar la nacionalidad española? Sí. El tiempo de residencia computa a efectos de obtener la nacionalidad por residencia, siempre que se cumplan los demás requisitos legales.


¿Puedo quedarme tras finalizar la actividad investigadora? Sí. El permiso permite permanecer hasta 12 meses adicionales para buscar empleo o iniciar un proyecto empresarial en España.


Conclusión:


La residencia para investigadores en España es una puerta abierta al desarrollo profesional en un entorno competitivo, internacional y legalmente seguro. En 2025, este permiso se presenta como una de las vías más atractivas para que científicos, tecnólogos y académicos extranjeros contribuyan al ecosistema de innovación español y europeo.


Si eres investigador y te interesa establecerte en España, contar con asesoramiento especializado es clave para garantizar una tramitación rápida y sin errores. Nuestro equipo de abogados expertos en extranjería puede ayudarte a gestionar cada fase del procedimiento.


Contáctanos hoy mismo y empieza tu proyecto en España con todas las garantías legales.


¿necesitas o quieres realizar cualquier trámite de extranjería? Visita nuestra pagina:


contacta con nosotros:


Llámanos gratis al: +34 931482553

correo: info@asesoresjuridicosbarcelona.com

WhatsAPP Empresa: http://wa.me/34631424610


Tenemos mucha experiencia en la gestión de cualquier tipo de tramites de extranjería y podemos resolver tu problema.

Comments


  • LinkedIn Social Icon
  • Twitter Social Icon

CONTACTA

CON

NOSOTROS

  • LinkedIn Social Icon
  • Twitter Social Icon

+34 931482553

info@asesoresjuridicosbarcelona.com

BUSCANOS EN REDES SOCIALES

SOLO ATENDEMOS

CITAS  

CONCERTADAS

RESERVAR UNA CITA

¿Quieres agendar una visita personal con uno de nuestros asesores en nuestras oficinas?

FORMA PARTE

DE NUESTRO  

EQUIPO

TRABAJA CON NOSOTROS
 
COMPLETA NUESTRO FORMULARIO
O ENVIANOS UN MAIL CON TU CV A:
 
info@asesoresjuridicosbarcelona.com

bottom of page